domingo, 29 de agosto de 2021

Concepto de Contratación Pública


La contratación pública se refiere a la compra por parte de los gobiernos y las empresas estatales de bienes, servicios y obras. Dado que la contratación pública representa una parte sustancial del dinero de los contribuyentes, se espera que los gobiernos la lleven a cabo de manera eficiente y con altos estándares de conducta a fin de garantizar la alta calidad de la prestación del servicio y salvaguardar el interés público.

Diferencia con la Contratación Privada


La contratación privada es un acuerdo entre dos partes jurídicas o naturales diferentes, en base a un documento establecen los datos, reglas de la negociación, condiciones y pago. Pude existir una variación según el grado de responsabilidad de cada una de las partes involucradas, a  diferencia de la contratación pública la cual se realiza mediante convocatorias por concurso de méritos, licitación pública, contratación directa o selección abreviada,  significa que se realiza una elección imparcial.


Principios de la Contratación Pública

 


Principio de Transparencia: La transparencia se refiere a la necesidad de que todo el proceso de selección del contratista se haga de manera pública, y que cualquier persona interesada pueda obtener información sobre el desarrollo de cada una de las etapas de dicho proceso.

Principio de Economía: Se deben usar la menor cantidad de recursos, en el desarrollo de las etapas necesarias para el proceso de la contratación, igualmente determinar que dentro del proceso no se debe exceder del presupuesto asignado.

Principio de Responsabilidad: Se refiere a que los servidores públicos están obligados a buscar el cumplimiento de los fines de la contratación, a vigilar la correcta ejecución del objeto contratado y a proteger los derechos de la entidad, del contratista y de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del contrato.

Principio de Selección Objetiva: Todos los contratos públicos firmados deben mantener igualdad entre las partes frente a los compromisos firmados, en caso de haber alguna desviación al contrato, debe retornar a su curso normal tomando las medidas necesarias continuando con su objetividad.

Principio de Planeación: Se debe llevar un cronograma de desarrollo y de ejecución tanto para el proceso de contratación como para la presentación de propuestas.


Inhabilidad, Incompatibilidad y Conflicto de Intereses

Inhabilidad: es la incapacidad, ineptitud o circunstancias que impiden a una persona ser elegida o designada en un cargo público y en ciertos casos, impiden el ejercicio del empleo a quienes ya se encuentran vinculados al servicio.

Incompatibilidad: Es la imposibilidad de alguna relación o vínculo entre dos o más elementos, circunstancias, cosas, o personas vinculadas en un proceso de contratación o desarrollo de proyecto.

Conflicto de Intereses: En Colombia, el concepto conflicto de intereses se encuentra definido en el artículo 40 del Código Único Disciplinario y nos dice que el conflicto surge “cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público”. 
Los conflictos de intereses ponen en riesgo la obligación de garantizar el interés general del servicio público y afectan la confianza ciudadana en la administración pública.


Estructura y Documentos del Proceso de Contratación Pública



Planificación y Programación
  • Determinación de las necesidades.
  • Elaboración y planificación del plan anual de contratación.
  • Verificación del presupuesto institucional. 
Actuaciones preparatorias
  • Requerimiento.
  • Designación del comité especial.
  • Elaboración y aprobación de la bases.  
  • Aprobación de los expedientes de contratación. 
Selección 
  • Convocatoria.
  • Presentación  consultas y observaciones.
  • Presentación propuesta.
  • Evaluación de propuesta. 
  • Adjudicación.
  • Consentimiento. 
Ejecución contractual
  • Perfeccionamiento del contrato.
  • Conformidad.
  • Ejecución prestaciones. 
  • Liquidación o pago. 

Licitación Pública

La licitación pública es un procedimiento regulado por el cual un organismo público abre un proceso de contratación para la ejecución de una obra o la provisión de un suministro o servicio.

Es un proceso de selección abierto. Pueden participar grandes empresas, pymes o autónomos. En general, cualquier entidad física o jurídica que reúna los requisitos exigidos y que no tenga impedimento para contratar. En las bases de la convocatoria se establecerán las condiciones del concurso. Allí, se especifican las condiciones económicas y técnicas requeridas y cómo será el procedimiento de evaluación de las ofertas y de adjudicación.

Tipos de procedimientos

Subasta: la oferta económica es el valor determinante para adjudicar el contrato.

Concurso: además del presupuesto se tendrá en consideración otros aspectos de las empresas participantes (capacidad técnica, cuestiones medioambientales, etc.)

Obra: construcciones en general.

Participar en concursos de licitación pública es una buena oportunidad para distintos tipos de negocios. Algo de lo que se pueden aprovechar los autónomos y pymes. El contrapunto es que la Administración para contratar debe ser exigente con los requisitos de solvencia económica y técnica de sus proveedores, detallando las condiciones en cada convocatoria. Aun así, es positivo estar pendiente de las licitaciones que se publican en el ámbito local o autonómico para competir por los contratos de obra, suministro o servicios que ofertan las entidades públicas. La ventaja de contratar con la administración pública, además de asegurar más volumen de trabajo, es la de contar con un cliente fiable.

Modalidad pública

La licitación debe ser publicada y será abierta a todas las empresas en igualdad de condiciones, siempre que cumplan unos requisitos básicos.

Modalidad restringida o privada

Está reservada para casos excepcionales donde se invita a participar a un número reducido de empresas. Por ejemplo: 

  • Para resolver un contrato disuelto sin haber finalizado el trabajo o para licitaciones públicas que hayan quedado desiertas.
  • En casos de emergencia o urgencia.
  • Para servicios de naturaleza confidencial.
  • Para trabajos en los que solo exista uno, o muy pocos, proveedores.

Diagrama de Flujo Estándar de un Procedimiento de Contratación Pública

 




Garantías y Seguros en la Contratación Pública

Las garantías son instrumentos de cobertura de algunos Riesgos comunes en Procesos de Contratación. En la planeación del Proceso de Contratación, la Entidad Estatal debe identificar las garantías a solicitar de acuerdo con el objeto, el valor, la naturaleza y las obligaciones del contrato.

Los proponentes o contratistas para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones frente a Entidades Estatales en Procesos de Contratación pueden otorgar, a su elección, cualquiera de las siguientes garantías:

  • Contratos de seguro
  • Fiducia mercantil de garantía 
  • Garantías bancarias o cartas de crédito stand by
En función de las fases del Proceso de Contratación, los Riesgos que se deben cubrir mediante garantías son:

1. Selección: El oferente debe otorgar garantía de seriedad de la oferta amparando los siguientes
eventos:
  • No ampliación de la vigencia de la garantía cuando el plazo para la adjudicación o suscripción del contrato sea prorrogado, siempre que esa prórroga no exceda de tres (3) meses.
  • Retiro de la oferta después de vencido el plazo para su presentación.
  • No suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
  • La no constitución de la garantía de cumplimiento del contrato por parte del adjudicatario.
2. Contratación y ejecución: En esta fase la garantía debe cubrir los Riesgos derivados del
incumplimiento del contrato. Esta garantía puede cubrir todos o algunos de los siguientes amparos
según las condiciones del objeto del contrato:
  • Buen manejo y correcta inversión del anticipo.
  • Devolución del pago anticipado.
  • Cumplimiento del contrato.
  • Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales.
3. Obligaciones posteriores a la ejecución: En esta fase se cubren los Riesgos que se presenten
con posterioridad a la terminación del contrato y sus amparos son:
  • Estabilidad y calidad de la obra.
  • Calidad del servicio.
  • Calidad y correcto funcionamiento de los bienes.
¿Cómo se hacen efectivas las garantías?

De acuerdo con el Decreto 1082 de 2015 las garantías que respaldan el cumplimiento de un contrato
pueden hacerse efectivas cuando se presenta un incumplimiento atribuible al contratista en las obligaciones pactadas que dan lugar a la declaratoria de incumplimiento, la caducidad del contrato, la imposición de multas y la efectividad de la cláusula penal.
Si existe incumplimiento, la Entidad Estatal debe expedir un acto administrativo que lo declare. En los
procedimientos administrativos sancionatorios o conminatorios la Entidad Estatal debe vincular al contratista y al asegurador del contrato. Cuando la garantía es un patrimonio autónomo, garantía bancaria o carta de crédito stand by no es necesario que la Entidad Estatal vincule a la fiduciaria o al emisor al procedimiento sancionatorio o conminatorio. 
Cuando se trata de oferentes plurales como consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura, la garantía debe cubrir a todos sus integrantes. Igualmente, la notificación del incumplimiento debe vincular a todos sus miembros.

Conclusiones

  1. Al momento de considerar hacer una contratación pública lo más riesgoso son los incumplimientos, ya que esto conlleva tiempo, personal administrativo y horas de trabajo perdidas, lo cual genera inconformidad entre las dos partes que iniciaron el proceso, por diferencias o por inconsistencias, de ahí la importancia de consolidar un contrato con bases estructuradas.
  2. De acuerdo a lo analizado en este trabajo podemos concluir  que cualquiera que sea el tipo de contratación que vayamos a realizar, publica o privada debe estar amparada  por normas y leyes con el fin de amparar su transparencia.
  3. Las contrataciones públicas son mas complejas y con mas pasos que las privadas, esto debido a que se trata  del patrimonio publico y es de mayor responsabilidad.
  4. Por último, durante la creación de esta actividad se pudo establecer que la contratación pública es una oportunidad de hacer negocios para cualquier empresa del sector público. Existen todas las herramientas legales y tecnológicas que hoy en día garantizan mayores niveles de publicidad, transparencia y un apoyo más grande a las pequeñas empresas que se decidan a incursionar en la contratación del sector público.

Bibliografía

  • https://www.oecd.org/gov/contratacion-publica/
  • http://www.aplicaciones-mcit.gov.co/guiapymes/c4i2.html
  • https://www.funcionpublica.gov.co/documents/418537/506911/1020.pdf/e43b09f4-ef4d-46c8-8df1-a34494379a7c#:~:text=Inhabilidad%20es%20la%20incapacidad%2C%20ineptitud,se%20encuentran%20vinculados%20al%20servicio.
  • https://www.funcionpublica.gov.co/web/identificacion-declaracion-conflicto-intereses
  • https://www.funcionpublica.gov.co/documents/418537/1035318/Manual+de+Contrataci%C3%B3n+V12.pdf/bd03b7b9-b76b-49c0-a762-bda48c6f5a59
  • https://circulantis.com/blog/licitacion-publica/
  • http://papedrotorresg.blogspot.com/2017/02/compras-y-contratacion-publica.html
  • https://colombiacompra.gov.co/sites/cce_public/files/cce_documents/cce_guia_garantias.pdf

Concepto de Contratación Pública

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